Institucionalizamos la lucha contra la corrupción
Uno de los pilares fundamentales del Proceso de Cambio en Bolivia, es la Trasnparencia Institucional y la Lucha contra la Corrupción, es así que la promulgación de la Ley de Organización del Poder Ejececutivo Nº 3351 del 21 de febrero de 2006 y su respectivo reglamento, consolida la creación del Viceministerio de Transparencia y Lucha contra la Corrupción como parte de la estructura del Ministerio de Justicia.
Por primera vez Bolivia decidió luchar efectivamente contra la corrupción en la gestión pública y crear políticas públicas preventivas, con participación social y remoción de valores éticos en los servidores públicos.
Posteriormente, tras de la aprobación de la Nueva Constitución Política del Estado mediante Referéndum del 25 de enero de 2009, a través del Decreto Supremo Nº 29894 se creó el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, con dos viceministerios bajo su dependencia: el Viceministerio de Prevención de la Corrupción, Promoción de Ética y Transparencia y el Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción.
En la gestión 2007, creamos la Política Nacional de Transparencia y Lucha Contra la corrupción con participación social
Organizaciones sociales, pueblos indígenas, comunidades campesinas, instituciones de la sociedad civil y servidores públicos dialogaron y construyeron las bases para la construcción de un Estado confiable para vivir bien.
Así nació la Política Nacional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, convirtiéndose en uno de los pilares del proceso de cambio que vive Bolivia.
La Constitución Política del Estado, norma suprema del Estado Plurinacional, establece preceptos concernientes a la Transparencia en la Gestión Pública y la lucha frontal contra la corrupción, es así que se destacan los siguientes artículos:
La transparencia, es tomada como uno de los valores fundamentales del Estado, además de ser un valor en la organización y funcionamiento de instituciones como la Contraloría General del Estado y el Órgano Judicial, al referirse a la garantía constitucional del acceso a una Justicia Transparente y a la conducta que todo servidor público debe seguir.
En lo referente a la lucha contra la corrupción, contempla el deber que todo ciudadano tiene de denunciar y combatir actos de corrupción; contemplando además la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción y la no admisión de inmunidades, evitando de ésta forma la impunidad que hemos venido viviendo a lo largo de estos años, alcanzando no sólo los hechos de corrupción que se cometan de aquí en adelante sino que también se perseguirán los hechos cometidos en años pasados ya que la nueva Constitución, además contempla la retroactividad en materia de corrupción con lo que se investigará, procesará y sancionará delitos cometidos por servidores públicos en el pasado.
Sin duda una forma eficaz de prevenir la comisión de actos de corrupción es mediante la participación ciudadana la cual debe constituirse en un control social permanente en el manejo de los órganos estatales, control que debe ser responsable y consecuente, para lo cual debe ser informado, en ese sentido la nueva Constitución contempla como derecho fundamental de acceso a la información pública.