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FUNCIONES INSTITUCIONALES


El Decreto Supremo Nº 29894 del 7 de febrero de 2009 establece:


CAPÍTULO III

ART. 26.- (ATRIBUCIONES DE LA MINISTRA(O) DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN).


Las atribuciones de la Ministra (o) de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, en el marco de las competencias asignadas al nivel central en la Constitución Política del Estado, son las siguientes:

a) Formular y ejecutar políticas, programas y proyectos de gestión con ética y transparencia, y de prevención y de lucha contra la corrupción.
b) Proponer proyectos normativos tendientes a la erradicación de prácticas corruptas y conseguir mayores niveles de transparencia institucional.
c) Promover programas de capacitación ciudadana en las áreas de su competencia con especial énfasis en la formación de valores y códigos de ética.
d) Diseñar mecanismos de fortalecimiento y coordinación institucional, para la gestión con transparencia y lucha contra la corrupción.
e) Supervisar el cumplimiento de la obligación de los servidores públicos de rendir cuentas en todas las entidades públicas del país.
f) Supervisar la incorporación obligatoria de mecanismos de rendición pública de cuentas en todas las entidades públicas.
g) Promover que cada entidad pública posea mecanismos destinados a la preservación, custodia y conservación de toda la información que tengan en su poder.
h) Promover el fortalecimiento de instrumentos y medios de control social a fin de garantizar la transparencia en el manejo de los recursos públicos.
i) Estructurar políticas de fortalecimiento de la participación ciudadana en la lucha contra la corrupción y la gestión pública con transparencia.
j) Estructurar y ejecutar políticas, programas y proyectos del derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos.
k) Promover y coordinar acciones de investigación de fortunas y legitimación de ganancias ilícitas.
l) Diseñar políticas de coordinación interinstitucional entre instancias gubernamentales y actores sociales para la lucha contra la corrupción.
m) Promover el desarrollo de la ética pública en todas las entidades públicas, tanto a nivel central del Estado como en las entidades territoriales autónomas.
n) Diseñar políticas e implementar acciones para la recuperación del patrimonio del Estado, sustraído por actos de corrupción en coordinación con las entidades pertinentes.
o) Coordinar con toda entidad estatal acciones concernientes a la prevención, control, investigación y sanción de actos de corrupción.
p) Emprender políticas de prevención y lucha sostenida contra la corrupción, con énfasis en lo educativo y en la acción de los medios de comunicación, buscando elevar los estándares éticos de la sociedad.
q) Presentar denuncias por hechos de corrupción y constituirse en parte civil.
r) Coordinar la investigación, seguimiento y monitoreo de hechos y procesos judiciales contra la corrupción.
s) Verificar y trabajar por el cumplimiento de las convenciones y acuerdos internacionales sobre lucha contra la corrupción.
t) Diseñar estrategias comunicacionales para difundir el trabajo del Ministerio, y para informar a toda la población sobre temas relacionados a su competencia e implementar campañas de concientización de lucha contra la corrupción.

ART. 27.- (ATRIBUCIONES DEL VICEMINISTERIO DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN, PROMOCIÓN DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA).


Las atribuciones del Viceministerio de Prevención de la Corrupción, Promoción de Ética y Transparencia, en el marco de las competencias asignadas al nivel central en la Constitución Política del Estado, son las siguientes:

a) Formular y ejecutar políticas de gestión pública con ética y transparencia, y prevención de actos de corrupción.
b) Elaborar y ejecutar políticas para promover la participación y el control social en todas las entidades públicas, tanto en el nivel central del Estado, como en las entidades territoriales autónomas.
c) Coordinar el desarrollo de sus funciones con las entidades del nivel central del estado y las entidades territoriales autónomas.
d) Supervisar el cumplimiento de normas de transparencia y rendición de cuentas en todas las instituciones públicas del país.
e) Elaborar y ejecutar programas de capacitación ciudadana en diferentes temáticas de transparencia, prevención, ética pública, con énfasis en valores y códigos de ética.
f) Realizar acciones de capacitación sobre control social y rendición de cuentas, con todas las organizaciones que están interesadas en la gestión pública transparente y el control social tanto en el área urbana como en el área rural.
g) Promover la interacción con la sociedad civil organizada, para conseguir la transparencia de la gestión pública y facilitar la información generada.
h) Promover y capacitar a todas las entidades públicas para la preservación, custodia y conservación de toda la información que tengan en su poder con fines de transparencia institucional.
i) Elaborar una base de datos que contenga información sobre los procesos coactivos fiscales y otros procesos en los que el Estado persigue la recuperación de fondos y/o bienes defraudados al Estado.

ART. 28.- (ATRIBUCIONES DEL VICEMINISTERIO DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN).


Las atribuciones del Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción, en el marco de las competencias asignadas al nivel central en la Constitución Política del Estado, son las siguientes:

a) Formular y ejecutar políticas de lucha contra la corrupción, en todos los niveles de gobierno.
b) Realizar la investigación, seguimiento y monitoreo de hechos y procesos judiciales contra la corrupción y falta de transparencia.
c) Llevar reportes sobre seguimiento a las denuncias y casos relacionados a la corrupción, existentes en el Viceministerio.
d) Coordinar el desarrollo de sus funciones con las entidades del nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.
e) Diseñar y poner en práctica políticas de coordinación entre instancias gubernamentales y actores sociales para la lucha contra la corrupción.
f) Realizar seguimiento y monitoreo de los procesos en los que se pretenda recuperar fondos y/o bienes del Estado sustraídos por actos de corrupción.
g) Formular y ejecutar políticas para la administración de los bienes recuperados en las acciones de lucha contra la corrupción.
h) Crear un sistema informático de registro y control de los bienes recuperados, que permita disponer de toda la información en forma precisa, confiable, oportuna y transparente y que permita llevar un control efectivo de todos los bienes recuperados y su destino.
i) Velar por el cumplimiento de las normas nacionales y acuerdos internacionales sobre lucha contra la corrupción.
j) Promover y coordinar acciones de investigación de fortunas y legitimación de ganancias ilícitas.
k) Diseñar estrategias comunicacionales de concientización y lucha contra la corrupción.





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